SUSPENDIDAS LAS COLABORACIONES

Desde hace algunos días, dada la naturaleza del trabajo que hago, quería escribir algo sobre este tema. Confieso que debo dar gracias a los dueños y al personal de recepción o información del principal hiper mercado de Coro, pues su descortesía y el maltrato frente a una propuesta, se convirtió en el estimulo definitivo para hacerlo de una vez. Es normal que en muchos establecimientos comerciales y empresas se exhiba con orgullo y autoridad un cartel que dice: SUSPENDIDAS LAS COLABORACIONES. En muchos es tan añejo, que se pierde en la memoria el momento en el que no estuvieron suspendidas. Y es que, definitivamente, buena parte de los comerciantes y empresarios, cuidado si no la mayoría, ignora que conceder colaboraciones, donaciones o liberalidades puede convertirse en una acción provechosa para su firma, tanto desde el punto de vista financiero, que es el que priva entre quienes exhiben tal desatino, como organizacional y social. Vale la pena decir, antes de entrar en detalles, que por desconocimiento de derechos u oportunidades que les conceden algunas leyes, los empresarios terminan colaborando regularmente con el Estado (más allá de lo que deberían y no obstante las críticas que tengan acerca del destino de los recursos que cancelan), sin que la “suspensión de las colaboraciones” sirva para algo, más que para esconder una visión poco moderna de la gestión empresarial. Veamos; ¿cuántas organizaciones sociales, clubes, personas acuden a las empresas para solicitar colaboraciones para actividades deportivas?, bastantes, muchas, mas con la ausencia de iniciativas gubernamentales que atiendan este tema de forma suficiente y oportuna. Pues bien, si su empresa obtuvo una utilidad en el ejercicio económico anterior mayor a las 20 mil unidades tributarias, está obligada por la Ley Orgánica de Deporte, Actividad Física y Educación Física a aportar el 1% de la utilidad neta al Fondo Nacional para el Desarrollo del Deporte, la Actividad Física y la Educación Física, pero el 50% de ello podrá utilizarlo para la ejecución de proyectos propios del contribuyente y para el patrocinio del deporte en atención a los lineamientos oficiales en materia deportiva. ¿Cuántas organizaciones sociales, clubes, personas acuden a las empresas para solicitar colaboraciones para actividades de prevención en el consumo de drogas?, también muchas y por las mimas razones que en el caso anterior. Pues bien, si su empresa tiene 50 trabajadores o más, o se dedica a la fabricación o importación de bebidas alcohólicas, tabaco y sus mezclas, está obligada, de conformidad con la Ley Orgánica de Drogas, a aportar, el 1% las primeras y el 2% las segundas (de su utilidad neta), al Fondo Nacional Antidrogas, pero 40% de ese monto podrá ser destinado a proyectos de prevención en el ámbito laboral del aportante a favor de sus trabajadores y el entorno familiar de éstos, además que, en general, estos aportes podrán ser deducidos del Impuesto Sobre la Renta, especialmente si se orientan a la atención de niños y adolescentes. ¿Cuántas organizaciones sociales, clubes, personas acuden a las empresas para solicitar colaboraciones para diversas actividades sociales, benéficas y de atención a niños y adolescentes?, también muchas, lo sé. Pues bien, la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes le ofrece la oportunidad, también a las personas naturales, de efectuar liberalidades o donaciones a favor de organizaciones que atiendan a niños y adolescentes, que podrán deducir doblemente atendiendo a lo establecido en los Parágrafos Decimosegundo y Decimotercero del Artículo 27 de la Ley de Impuesto Sobre la Renta. Estoy seguro que muchas de las empresas que exhiben el cartel que inspira este artículo no le prestan atención a estas oportunidades que les brindan las leyes a las que se ha hecho referencia, y, en oposición a su política de suspensión de colaboraciones, dilapidan recursos que bien pudieran utilizar para dejar de lado ese cartel y colaborar concienzudamente para que puedan ahorrar pagando menos impuestos, fortalecer la gestión organizacional mediante la atención de necesidades del personal en base a lo que disponen estas leyes y, finalmente, afianzarse como empresas socialmente responsables, con legitimidad y respaldo de las comunidades o sectores en los que tienen su radio de acción. Así que bote ese cartel, planifique el cumplimiento de las obligaciones legales y atienda, con amabilidad, entusiasmo y amplitud, las solicitudes o planteamientos que le hagan, tal vez en ellas se encuentre una oportunidad de impulsar iniciativas que le ayuden a hacer de su empresa una referencia como entidad socialmente responsable.

Comments

Popular posts from this blog

LA VELA: BANDERA NACIONAL

EL FETICHE DEL VOTO